Derechos de los Inmigrantes
Conozca Sus Derechos
Recuerde que todas las personas en EE.UU., independientemente de su situación migratoria, tienen derechos según la Constitución de EE.UU. y otras leyes. Asegúrese de conocer sus derechos si se le acerca la policía o el ICE. Revise la información a continuación para ayudarle a entender sus derechos.
Antes de divulgar información sobre potenciales redadas, es muy importante verificara la información. Comparta solo lo que usted sabe y usted a visto para evitar pánico y información incorrecta.
Llame a su delegado sindical, organizador, o Centro de Recursos al Miembro (866-933-7348).
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Tarjeta “Conozca Sus Derechos”
Esta tarjeta puede protegerle si la migración o la policía le hace preguntas. Esta tarjeta les dirá a inmigración o la policía que usted está ejerciendo sus derechos constitucionales.
Que hacer si la migración viene a su lugar de trabajo
Que hacer cuando migración o la policía llega a su puerta
Que hacer si la migración o la policía lo paran mientras maneja su coche
Que hacer si la migración o la policía lo paran al aire libre
Que hacer si usted es arrestado.
Qué hacer si estás en la cárcel
Haga clic aquí para obtener más información sobre Conozca sus derechos
Teléfonos De Emergencia
Red Consular Mexicana De Protección 520-623-7874
Centro Nacional De Justicia Migratoria 312-660-1328 1-312-583 9721
Comunidades Organizadas Contra Las Deportaciones (OCAD): 1-855 435-7693
Recursos legales
(en Illinois) https://docs.google.com/spreadsheets/d/1R3mcryL3Ktn2YSWpD6DinoXy2Sxs64fo/edit?gid=1820221193#gid=1820221193
Directorio De Fondos De Fianzas Del Sistema De Inmigración
https://www.communityjusticeexchange.org/es/directorio-para-inmigracion
E-Verify Y Tus Derechos
El E-Verify (Verificación Electrónica), es una base de datos para comprobar si un trabajador tiene permiso para trabajar legalmente en Estados Unidos. Solo es obligatorio para contratistas federales y compañías que manejan substancias peligrosas, como los explosivos. Los demás pueden usarlo voluntariamente pero tienen que cumplir varias reglas.
El E-Verify voluntario solamente puede usarse por tres días, después de contratar a un trabajador. Quienes ya estén trabajando cuando el patrón se registre en E-Verify no deben ser verificados ni re-verificados.
Tampoco se debe re-verificar a ningún trabajador que haya presentado una Green Card.
El patrón no puede pedirle documentos específicos a ningún trabajador (Green Card, licencia de manejo, pasaporte americano), ni tampoco pedir que “llenen otra vez la Forma I-9”.
El patrón puede re-verificar solamente a los trabajadores que tengan un permiso de trabajo expirado o que esté a punto de expirar. Sin embargo, aunque algunas Green Cards tienen fecha de expiración, se considera legalmente que no deben ser verificadas.
¡Si el patrón viola alguna de estas reglas, está violando la ley! ¡Además, amenazar a un trabajador con llamar a la Migra es un delito, y el trabajador puede hasta conseguir una visa si acusa al patrón!
Cartas No-Match Del IRS Y Como Responderlas
Las cartas No-Match del Servicio de Impuestos (IRS), tienen por objeto “corregir información” de los trabajadores. Cuando una compañía reporta sus impuestos, puede recibir una carta indicando que la información de ciertos trabajadores no corresponde con sus bases de datos
Las cartas del IRS:
● No indican el estado migratorio de una persona o su autorización de trabajo
● Las cartas no pueden ser usadas como una “sospecha razonable” de que no se
tiene documentación correcta.
● Los errores en la base de datos son comunes, por cambios de nombre, por
matrimonios o divorcios no reportados, errores “de dedo” y otros.
El IRS otorga una “excepción razonable” para no multar a los patrones, se conforma con una respuesta de que “se notificó al trabajador que hay un problema” y pidiéndole que lo “corrija” antes del 31 de diciembre del año. Si el patrón recibe otra carta el siguiente año, debe pedirle al trabajador una “respuesta definitiva” antes del 31 de diciembre de ese año. Es decir, si se recibe hoy una carta No-Match del IRS, se puede tratar de “corregir el error” hasta el 31 de diciembre de 2025.
Las multas del IRS a un patrón que no responda son de $50 dólares el primer año, o $260 si no responde el segundo año.
Cómo se responde al patrón:
1. La compañía que recibe una carta del IRS puede pedirle a los trabajadores que llenen una Forma W4 (Withholding Certificate). OJO: No se debe llenar de nuevo la Forma I-9 de “Verificación de Empleo”.
2. El patrón debe avisar (a más tardar el 1 de agosto) al IRS que le notificó de la discrepancia al trabajador y le pidió que corrigiera el error antes del 31 de diciembre. Con eso basta para no ser multado.
3. Si el patrón recibe una nueva carta el siguiente año, debe hacer el mismo procedimiento, y darle al trabajador un “plazo final” para hacer la “corrección del 31 de diciembre.
La compañía no debe despedir a nadie por “sospechas” de no tener documentación, porque se arriesga a violar algunas leyes federales y estatales.
La Corte de Apelaciones del 9o Circuito emitió una decisión de que recibir una carta No-Match no significa una “causa justa” para despedir a una trabajador que sea miembro de una unión o sindicato.
Un ejemplo de carta que se le puede dar al patrón, informándole del procedimiento. Es importante que la firme el mayor número posible de trabajadores. Esto puede protegerlos de los despidos.